Las organizaciones estudiantiles.
según el manual
ARTICULO 83º.- La organización estudiantil de la Universidad
Popular del Cesar estará compuesta por los siguientes organismos y
normas:
-Los Consejos Estudiantiles de Departamentos.
-El Consejo superior Estudiantil.
-La Asamblea Estudiantil. 28
-Dos representantes de los estudiantes, con voz y voto en el
Consejo Superior Universitario y en el Consejo Académico.
-Un representante de los estudiantes en cada Consejo de Facultad.
ARTICULO 84º.- El Consejo Superior Universitario expedirá en cada
caso la reglamentación de las elecciones estudiantiles.
ARTICULO 85º.- Las representaciones estudiantiles se posesionarán
como tales ante el Secretario General de la Universidad.
La Secretaría General llevará un libro de registro de los
representantes estudiantiles, a quienes se expedirán la
correspondientes credenciales.
ARTICULO 86º.- El presente Acuerdo rige a partir del Primer
semestre académico de 1984.
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